COMUNICACIÓN DE LOS SERVICIOS
FACILITADOS POR FMEPAG
Con la finalidad de prestar servicios a los miembros y asociados de nuestras Asociaciones pertenecientes a la FEMEPAG, vamos a definir los servicios que inicialmente van a ser prestados, bajo qué régimen van a ser realizados y también el alcance de los mismos.
DEPARTAMENTO FISCAL DE LA FEDERACIÓN MUNICIPAL
La finalidad del servicio consiste en el asesoramiento legal en materia tributaria a sus asociados, asimismo advierte e informa de las oportunidades y distintas opciones que las empresas tienen para ahorrar en sus impuestos, la confección, presentación y liquidación de las distintas declaraciones e impuestos fiscales.
El ámbito de aplicación del asesor fiscal en la consultoría de empresas tiene una extensión mucho mayor que en el privado pues tiene que orientar y gestionar asuntos relacionados con las relaciones laborales, resoluciones y recursos administrativos, contabilidad, gestión de cuentas anuales, legalización de libros, auditoría, asuntos locales, licencias de actividad, etc. Tiene que gestionar y coordinar distintos equipos multidisciplinares que permiten conectar los distintos problemas que las empresas tienen.
Como en la Asesoría Jurídica, el campo de aplicación en la FEMEPAG tiene una doble vertiente, internamente va a asesorar principalmente en el área tributaria y contable, pudiendo elaborar las nóminas y cotizaciones de la Seguridad Social si fuera preciso del personal de la Federación llegado el caso.
Las funciones que externamente se ofrecerán a los asociados :
a) Asesoramiento y Orientación legal en al ámbito fiscal, contable, laboral, mercantil. Gratuito para todos los miembros y asociados.
b) La prestación de servicios, llegado el caso, conllevará un descuento de un 10 % cuando el servicio se realice a empresarios mercantiles, Sociedades Limitadas o asimiladas.
c) Servicio gratuito por las siguientes prestaciones:
· Constitución de Sociedades.
· Solicitud de Licencias de Actividades Municipales.
· Asesoramiento y orientación gratuita de personal técnico, arquitectos, ingenieros, o peritos y aparejadores por realización de actividades, obras y similares en los centros y negocios de nuestros asociados.
· Realización de presupuestos de construcción e ingeniería.
ASESORIA FINANCIERA. Tiene como objetivo la orientación y la facilitación a nuestros asociados del acceso a los mercados del crédito. En un contexto de crisis es una herramienta básica. Se articulan dos mecanismos:
a) Obtención de Convenios de Colaboración con las distintas Entidades Financieras para influir y facilitar las herramientas financieras a nuestros asociados.
b) Convenio de Colaboración con el ICO y nuestra FEMEPAG, avanzado y pendiente de ultimar, sobre todo en la modalidad de ICO-directo y la nueva línea pendiente de aprobación ICO-pequeño comercio.
DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA FEDERACIÓN MUNICIPAL
El presente documento tiene como objetivo determinar los aspectos, no organizativos del departamento jurídico de la Federación, que serán competencia exclusivamente de dicho departamento, con independencia de la determinación de los canales sinérgicos para acceder a los servicios jurídicos, sino solo los aspectos relativos al contenido de la prestación de servicios que se dará a la Federación Municipal y Asociados.
El Departamento Jurídico prestará sus servicios a través de profesional externo, recayendo en este caso en el letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Granada, Don José Amador Berdún Carrión, número 3.196, con despacho profesional en Calle Isaac Albeniz, nº 10, 4º C y del resto de los integrantes del bufete de dicho profesional, de tal manera que al referirnos al Departamento Jurídico en realidad se referirá a dicho profesional.
Desde este punto de vista, el asesoramiento tendrá tres niveles de prestación totalmente distintitos:
1º.- Prestación de servicios a la Federación Municipal.
El departamento jurídico asesorará a la Federación Municipal en todos los aspectos de forma directa y gratuita.
Dicho asesoramiento conllevará todo lo relativo a las posibles consultas jurídicas o procedimientos de todo tipo, administrativo o judiciales, que no interfieran con el Departamento Fiscal y Contable.
Los gastos derivados de otros profesionales que puedan intervenir en dicha prestación de servicios, tales como Procuradores, Notarios, Peritos, etc. serán sufragados directamente por la Federación Municipal.
2º.- Prestación de Servicios a los Asociados.
El segundo nivel de prestación de servicios será el que se haga a los Asociados.
A los Asociados se les prestará el asesoramiento correspondiente a las posibles consultas jurídicas de forma gratuita, previa canalización de sus solicitudes a través de la Federación Municipal a fin de evitar aquellas que se puedan cumplimentar por la propia Federación.
Si algún asociado necesitara la prestación de servicios del Departamento Jurídico, a través de o de los profesionales que sean designados por la Federación Municipal, por la necesidad de intervención en procedimientos administrativos o judiciales de cualquier índole, los mismos se prestarán bajo arrendamiento de servicios estableciéndose como honorarios los que determine el Colegio de Abogados de Granada en el Baremo aprobado con el mismo, con una reducción del 20% sobre los mismos.
Los gastos derivados de otros profesionales que puedan intervenir en dicha prestación de servicios, tales como Procuradores, Notarios, Peritos, etc. serán sufragados directamente por el asociado o asociados que soliciten la prestación de servicios.
Se excluirán los procedimientos o intervenciones, administrativos o de cualquier otra índole que correspondan al Departamento Fiscal y Contable.
3º.- Prestación de servicios a los empresarios, autónomos o profesionales adscritos a cualquiera de las asociaciones pertenecientes a la Federación.
Este tercer nivel corresponderá a cualquier asociado de las asociaciones que desee solicitar la prestación de servicios del departamento jurídico de la Federación.
La canalización de estos servicios será a través de la correspondiente Asociación, de tal manera que el asociado a una asociación que pertenezca a la Federación deberá dirigir su solicitud a la Asociación directamente, la cual previo estudio y si no puede resolver las consultas a través de ella misma, elevará a la Federación la solicitud, la cual a su vez determinará la necesidad o no de la prestación en caso de poder o no resolverla por sí misma.
Esta prestación de servicios se hará en el mismo régimen del nivel dos, si bien los honorarios se determinarán con una reducción del 10% sobre el baremo de honorarios aprobado y vigente en el momento de la solicitud, exceptuando las meras consultas que tendrán igualmente carácter gratuito.
Correo de contacto federacionmunicipal09@gmail.com


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